● Abierta100% del coste150.000 €

Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Alicante

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ALICANTE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALACANT/ALICANTE
Denominación oficial (BDNS): Decreto de la Sra. Diputada de Bienestar Social e Igualdad nº 3.741, de 14 de agosto de 2026, por el que se convocan subvenciones destinadas a Entidades privadas sin fin de lucro para gastos de desplazamiento de actividades de promoción de la convivencia.
Resumen: Este decreto convoca subvenciones para entidades privadas sin fin de lucro con actividades de promoción social. Se dirige a organizaciones que trabajan en servicios sociales y promoción social.

Qué financia

Financia gastos relacionados con la promoción de la convivencia

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales y promoción social

Requisitos

  • Estar inscrita en el Registro general de titulares de actividades, servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
  • Disponer de domicilio social o delegación estable en Alicante
  • Tener fines institucionales expresos relacionados con mejorar la calidad de vida de personas afectadas
  • No estar incursa en circunstancias que impidan obtener subvenciones públicas
  • Estar al corriente en obligaciones tributarias y frente a Seguridad Social
  • Haber justificado la subvención concedida en 2025 o haber formalizado renuncia
  • No tener subvención consignada en el Presupuesto Provincial de 2025 y/o 2026 del Departamento de Bienestar Social
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Convocatoria
  • No tener deudas tributarias o con Seguridad Social
  • Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
  • Comunicar futuras subvenciones obtenidas para la misma finalidad
  • Destinar el importe de la subvención a la finalidad indicada
  • Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la convocatoria

Gastos subvencionables

  • Gastos de desplazamiento por autobús desde el lugar de origen hasta el destino y regreso, incluyendo traslados en barco a las islas de la Comunidad Valenciana
  • Gastos de desplazamiento para actividades de promoción de la convivencia realizadas entre septiembre y octubre de 2026
  • Gastos de desplazamiento realizados para actividades de promoción de la convivencia social

Criterios de valoración

  • Antigüedad de la Entidad
  • Continuidad en actividades de promoción de convivencia subvencionadas
  • Número de socios y personas beneficiarias
  • Carácter supramunicipal
  • Incidencias en presentación de documentación
  • Justificación de subvenciones concedidas anteriormente
  • No tener subvención consignada nominativamente en el Presupuesto Provincial

Documentación a presentar

  • Copia del NIF de la Entidad solicitante
  • Estatutos actualizados y adaptados a normativa vigente
  • Documentación que acredite inscripción en Registro general de servicios sociales
  • DNI en vigor de la persona que suscribe la solicitud
  • Declaración responsable cumplimentada según ANEXO I
  • Declaración responsable sobre obligaciones tributarias y Seguridad Social (ANEXO II)
  • Declaración responsable sobre otras obligaciones (ANEXO III)
  • Descripción del viaje/s y actividad (ANEXO IV)
  • Ficha de Alta/Modificación de Terceros si es necesario
  • Impreso de justificación de subvenciones 1B
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Declaración Responsable
  • Documentación gráfica acreditativa de la difusión realizada en redes sociales
  • Declaración responsable y compromisos
  • Descripción del viaje/s y actividad donde se ubica
  • Memoria con los resultados obtenidos
  • Declaración responsable cuenta justificativa
  • Difusión de la cesión de la subvención

Condiciones económicas

La subvención se destinará exclusivamente a los gastos de desplazamiento por autobús o barco, y no cubre otros costos como dietas o actividades adicionales.; La subvención se ajustará a la cantidad efectivamente pagada, con un mínimo del 100% de la cantidad concedida. La justificación debe incluir facturas detalladas y otros documentos específicos.; Subvención por viaje, no se especifica intensidad en %; importe máximo por viaje de 1.000 €; actividades dentro de la Comunidad Valenciana.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a servicios sociales y promoción social
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 100% del coste subvencionable. Importe máximo por beneficiario: 1.000 €. La subvención se destinará exclusivamente a los gastos de desplazamiento por autobús o barco, y no cubre otros costos como dietas o actividades adicionales.; La subvención se ajustará a la cantidad efectivamente pagada, con un mínimo del 100% de la cantidad concedida. La justificación debe incluir facturas detalladas y otros documentos específicos.; Subvención por viaje, no se especifica intensidad en %; importe máximo por viaje de 1.000 €; actividades dentro de la Comunidad Valenciana.. Presupuesto total: 150.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOP Prov. Alicante. Fin: 20 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el B.O.P..

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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