Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en Burgos
Qué financia
Financiación para el desarrollo de programas de inclusión social
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la promoción social e inclusión
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro
- Tener antigüedad mínima de un año
- Realizar acciones de inclusión social antes de acceder a la convocatoria
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y/o Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales
- Domiciliarse en Burgos con sede o delegación permanente
- Instancia dirigida al Ayuntamiento de Burgos dentro de los 30 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
- Memoria del proyecto con fundamentación, descripción de objetivos, actividades y plazos de ejecución
- Memoria económica detallando coste total del programa, previsión para su financiación y cuantía solicitada
- Documentación acreditativa de inscripción en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales
- Estatutos de la Entidad y fotocopia del Código de Identificación Fiscal o declaración responsable
- Composición de la Junta Directiva, indicando cargos directivos, remuneración y presupuesto total
- Ficha de Alta de Terceros (si es nueva entidad o ha cambiado el nº de cuenta bancaria)
- Declaración conforme al modelo del Anexo III
- Certificado de ausencia de delitos de naturaleza sexual para entidades que intervengan con menores
- Memoria de actividades realizadas para asociaciones de reciente creación
- Figurar como destinatario de la factura
- Expresar detalles de bienes y servicios adquiridos
- Presentar documentos justificativos de los pagos
Gastos subvencionables
- Programas de integración y apoyo familiar para menores
- Programas que promuevan la socialización positiva
- Programas de actividades en alojamientos alternativos
- Programas de prevención, promoción e incorporación social
- Programas preventivos que favorezcan o mantengan las capacidades personales y sociales de personas mayores
- Programas de convivencia para la permanencia de personas mayores en su medio habitual
- Acciones de formación y sensibilización dirigidos a profesionales y población en general
- Costes relacionados con el objeto de subvención (personal u honorarios profesionales, transporte, alojamiento o manutención)
- Gastos que se generen por sus servicios relativos a transporte, alojamiento o manutención
- Gastos de asistencia a acciones formativas necesarias para lograr la integración social
- Suministros y servicios
- Publicidad
- Gastos corrientes de la asociación
Criterios de valoración
- Calidad técnica del programa presentado
- Trayectoria y experiencia de la entidad solicitante
- Consolidación de los programas o servicios financiados en anteriores convocatorias
- Innovación del proyecto e inexistencia de programas similares
- Participación de voluntariado social
Documentación a presentar
- Instancia dirigida al Ayuntamiento de Burgos
- Memoria del proyecto
- Memoria económica
- Documentación acreditativa de inscripción en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales
- Estatutos de la Entidad y Código de Identificación Fiscal
- Documento acreditativo de la composición de la Junta Directiva
- Ficha de Alta de Terceros
- Declaración de acuerdo al modelo del Anexo III
- Certificado que acredite la ausencia o inexistencia de delitos de naturaleza sexual
- Documentación acreditativa de inscripción en el Registro
- Estatutos y fotocopia del C.I.F.
- Composición de la Junta Directiva
- Declaración conforme al modelo del Anexo III
- Certificado de ausencia de delitos para entidades que intervengan con menores
- Memoria de actividades realizadas para asociaciones de reciente creación
- Facturas con requisitos técnicos específicos
- Documentos justificativos de pagos
- Recibí sellado para gastos inferiores a 300 €
- Documentación presentada en copias o electrónicas auténticas
Condiciones económicas
El importe mínimo de subvención es de 2.500 €, y en casos excepcionales puede llegar al 100% del coste final.; El presupuesto total de la Entidad debe indicar el porcentaje correspondiente a subvenciones o ingresos públicos. Los gastos de personal no pueden superar el 80% del importe solicitado y finalmente concedido.; Los gastos superiores a 300 € deben pagarse mediante medios bancarios con documentación justificativa. Los inferiores pueden pagarse en efectivo con recibí sellado.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.