Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro en servicios sociales en La Gomera
Qué financia
Financiación para entidades sin ánimo de lucro que intervengan en el área social
A quién va dirigida
Organizaciones sin ánimo de lucro que presten servicios sociales en La Gomera
Requisitos
- Ser entidad privada del Sector Social (asociaciones, fundaciones y análogas)
- Cumplir con los requisitos establecidos en la cláusula tercera de las Bases Específicas
- No tener ninguna circunstancia que prohíba ser beneficiario según el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Ser entidades privadas sin ánimo de lucro
- Desarrollar proyectos de carácter social en el ámbito territorial insular
- Cumplir con los requisitos establecidos en la cláusula tercera de las Bases Específicas publicadas en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife nº 81, de 06/07/2022
Gastos subvencionables
- Gastos relacionados con proyectos de carácter social enmarcados directamente en las líneas de acción especificadas
- Los gastos deben estar estrictamente necesarios y haber tenido lugar en el año 2025
Criterios de valoración
- Antigüedad y relevancia de la entidad en La Gomera (hasta 10 puntos)
- Calidad técnica del proyecto presentado (hasta 20 puntos)
- Repercusión previsible del proyecto (hasta 15 puntos)
- Continuidad de la acción en el tiempo (hasta 15 puntos)
- Análisis de la realidad que motiva el desarrollo del proyecto y justificación de la necesidad
- Concreción y viabilidad de los objetivos
- Detalle de las actuaciones a realizar y calendario de actividades
- Sistema de Evaluación de los resultados previstos e indicadores cuantitativos y cualitativos
- Ámbito de aplicación del proyecto
- Personas beneficiarias del proyecto
- Continuidad de la acción en el tiempo
- Innovación y sustitución o complementariedad con los servicios a prestar obligatoriamente por la Entidad Insular ó de la competencia de la misma
- Impacto social
- Aportación económica
Documentación a presentar
- Modelo Anexo III de las Bases Específicas
- Documentación detallada según el apartado 5.2 de las Bases Específicas
Condiciones económicas
La subvención no superará el 50% del importe total del proyecto. Si quedan solicitudes sin atender, se puede reducir linealmente la cantidad inicial asignada para posibilitar subvenciones adicionales.; El importe máximo por entidad nunca podrá ser superior al 50% del proyecto total; se permite una cuantía adicional de hasta 10.000 € si hay disponibilidad presupuestaria.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.