● Abierta35.000.000 €

Subvenciones para formación basada en estándares profesionales

ESTADO · MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · SECRETARÍA GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones a entidades de formación para la financiación de acciones formativas vinculadas al catálogo nacional de estándares de competencias profesionales, en oficios y desempeños estratégicos, para el año 2026
Resumen: Programa que ofrece subvenciones para entidades de formación para financiar acciones formativas alineadas con el catálogo nacional de competencias profesionales. Interesa a empresas, personas físicas y organizaciones sin actividad económica.

Qué financia

Financia acciones formativas basadas en estándares profesionales

A quién va dirigida

Empresas grandes, pymes, particulares con o sin actividad económica y entidades sin ánimo de lucro

Requisitos

  • Ser entidad de formación pública o privada acreditada para impartir Certificados Profesionales.
  • Tener presencia en al menos dos comunidades autónomas si es agrupación de entidades.
  • Las acciones formativas deben estar asociadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales
  • Cumplir con el porcentaje mínimo de horas de formación en empresa u organismo equiparado según el nivel del certificado profesional
  • Garantizar que los alumnados tengan formación en Prevención de Riesgos Laborales antes de la estancia en empresa
  • Acreditar estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  • Presentar un programa formativo detallado que incluya fundamentos, ámbito, objetivos, contenidos, costes, instalaciones, selección de participantes, seguimiento, difusión y otras actuaciones.
  • En el caso de solicitudes de Línea II, aportar una declaración expresa del compromiso entre la entidad solicitante y la empresa o empresas para el desarrollo de la formación.

Gastos subvencionables

  • Certificados profesionales completos de Grado C
  • Certificados de competencia de Grado B
  • Microformaciones o Acreditaciones Parciales de Competencia (Grado A)
  • Formación en empresa u organismo equiparado
  • Formación en prevención de riesgos laborales
  • Costes de las acciones formativas
  • Altas en Seguridad Social de las personas en formación
  • Compensación a la empresa

Criterios de valoración

  • La información aportada en la solicitud y la documentación requerida
  • El compromiso y cuantía solicitados por parte de la entidad solicitante
  • Los programas y acciones formativas que se solicitan dentro de la línea correspondiente
  • Criterios indicados en Anexo II de esta Resolución y los establecidos en el artículo 17 de la Orden EFP/705/2022.

Documentación a presentar

  • Nombre y razón social de la entidad solicitante
  • Identificación, firma y teléfono móvil del representante legal autorizado
  • Correo electrónico del representante legal
  • La línea a la que se dirige la solicitud y los programas y acciones formativas solicitados
  • Compromiso y cuantía solicitada por parte de la entidad solicitante
  • Número de personas destinatarias e importe de la subvención solicitada
  • Modalidad de impartición de cada una de las acciones formativas
  • Descripción y detalle de las instalaciones y medios materiales que dispone cada entidad de formación para asumir la oferta solicitada
  • Descripción de los medios humanos adecuados de que dispone cada entidad de formación para asumir la oferta solicitada
  • Declaración responsable del solicitante sobre la veracidad de la información y los datos aportados en la solicitud
  • Autorización para solicitar datos relativos al cumplimiento de obligaciones fiscales y de Seguridad Social
  • Documentación que acredite las facultades desde representación de la persona firmante de la solicitud
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
  • Copias de documentos de constitución, estatutos y acreditación de la entidad o entidades de formación
  • Programa formativo detallado
  • Declaración expresa del compromiso (en caso de Línea II)
  • Documentos acreditativos de las obligaciones tributarias y Seguridad Social

Condiciones económicas

La subvención se realiza con anticipos del 25%, inicio de acciones del 35% y finalización del 40%. Hay límites presupuestarios por aplicación.; Las acciones formativas deben tener una duración mínima en empresa u organismo equiparado según el nivel del certificado profesional. La entidad solicitante debe garantizar que los alumnados tengan formación en Prevención de Riesgos Laborales antes de la estancia en empresa.; La subvención se calcula según los módulos económicos máximos establecidos en la Orden EFP/942/2022, con un máximo de 9 euros por hora y participante en modalidad presencial, 6 euros en virtual y 3 euros por hora y participante en formación en empresa. Se aplica un coeficiente corrector si el crédito disponible no alcanza a financiar la totalidad de los programas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Empresas grandes, pymes, particulares con o sin actividad económica y entidades sin ánimo de lucro
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 33.200.000 €. La subvención se realiza con anticipos del 25%, inicio de acciones del 35% y finalización del 40%. Hay límites presupuestarios por aplicación.; Las acciones formativas deben tener una duración mínima en empresa u organismo equiparado según el nivel del certificado profesional. La entidad solicitante debe garantizar que los alumnados tengan formación en Prevención de Riesgos Laborales antes de la estancia en empresa.; La subvención se calcula según los módulos económicos máximos establecidos en la Orden EFP/942/2022, con un máximo de 9 euros por hora y participante en modalidad presencial, 6 euros en virtual y 3 euros por hora y participante en formación en empresa. Se aplica un coeficiente corrector si el crédito disponible no alcanza a financiar la totalidad de los programas.. Presupuesto total: 35.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en BOE. Fin: Diez días (10) naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en BOE.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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