Subvenciones para formación profesional básica en Cantabria
Qué financia
Financia la creación o mejora de programas de formación profesional básica en Cantabria
A quién va dirigida
Organizaciones privadas sin ánimo de lucro que quieran desarrollar programas de formación profesional básica
Requisitos
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro
- Cumplir requisitos establecidos en la Orden EDU/23/2023 y Orden ECD 72/2014
- No estar incursa en supuestos prohibidos por la Ley de Cantabria 10/2006
- Cumplir con las bases reguladoras
- Desarrollar programas en Santander o Torrelavega, o escolarizar alumnado sujeto a medidas judiciales de privación de libertad
- Tramitar la solicitud a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
- Comenzar las acciones formativas antes del 30 de noviembre de 2026
- Cumplir con las obligaciones tributarias, sociales y fiscales
- Justificar ante la Consejería de Educación cualquier subvención adicional recibida
Gastos subvencionables
- Costes de personal formador
- Gastos de funcionamiento ocasionados por el desarrollo del programa
- Costes derivados del establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado
- Coste de personal derivado de la gestión y mantenimiento del programa
- Costes de personal formador (hasta el 100%)
- Gastos de funcionamiento ocasionados por el desarrollo del programa (hasta el 30%)
- Costes derivados del desarrollo y seguimiento de la fase de formación en empresa (hasta el 5%)
- Costes derivados del establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado (hasta el 25%)
- Coste de personal derivado de la gestión y mantenimiento del Programa (hasta el 20%)
- Gastos de transporte y manutención (hasta el 15%, excepto en programas específicos de Formación Profesional Básica)
Criterios de valoración
- Adecuación del perfil profesional solicitado a la necesidad educativa (hasta 20 puntos)
- Demanda de alumnado (hasta 20 puntos)
- Adecuación de los perfiles solicitados a la necesidad de completar la oferta educativa (hasta 20 puntos)
- Calidad técnica y pedagógica del proyecto (hasta 30 puntos)
- Recursos materiales que la entidad solicitante pone a disposición del programa (hasta 10 puntos)
- Experiencia del profesorado (hasta 10 puntos)
- Experiencia de la entidad en el desarrollo de PCPI o programas de Formación Profesional Básica (hasta 10 puntos)
Documentación a presentar
- Solicitud cumplimentada según modelo normalizado
- Proyecto de actuación detallado
- Declaración responsable con datos personales y fiscales
- Presupuesto del proyecto
- Acreditación de experiencia en programas similares
- Compromiso de ejecución del programa firmado por la persona titular o representante legal
- Información docente y económica sobre el programa
- Relación del alumnado matriculado
- Contrato correctamente legalizado de los trabajadores cuya actividad se impute al proyecto
- Fotocopia del contrato de alquiler de instalaciones para el desarrollo del programa
Condiciones económicas
La subvención no especifica una intensidad en porcentaje, pero se otorga de acuerdo a un sistema de puntuación que suma hasta 100 puntos. Se consideran factores como la adecuación del perfil profesional solicitado y la demanda de alumnado.; La subvención se abona en partes: el 34% al momento de la concesión y el resto en años posteriores, siempre que se justifiquen los gastos correspondientes.; La distribución de la subvención se ajusta a reglas específicas para cada tipo de gasto, con límites porcentuales. Los costes deben estar justificados mediante facturas o cálculos detallados.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.