● Abierta400.000 €

Subvenciones para formación profesional básica en Cantabria

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES
Denominación oficial (BDNS): Subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de formación profesional básica en las modalidades de aula profesional básica y programas específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Canta
Resumen: Programa que ofrece subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para desarrollar programas de formación profesional básica. Interesa a organizaciones educativas y ONGs.

Qué financia

Financia la creación o mejora de programas de formación profesional básica en Cantabria

A quién va dirigida

Organizaciones privadas sin ánimo de lucro que quieran desarrollar programas de formación profesional básica

Requisitos

  • Ser entidad privada sin ánimo de lucro
  • Cumplir requisitos establecidos en la Orden EDU/23/2023 y Orden ECD 72/2014
  • No estar incursa en supuestos prohibidos por la Ley de Cantabria 10/2006
  • Cumplir con las bases reguladoras
  • Desarrollar programas en Santander o Torrelavega, o escolarizar alumnado sujeto a medidas judiciales de privación de libertad
  • Tramitar la solicitud a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
  • Comenzar las acciones formativas antes del 30 de noviembre de 2026
  • Cumplir con las obligaciones tributarias, sociales y fiscales
  • Justificar ante la Consejería de Educación cualquier subvención adicional recibida

Gastos subvencionables

  • Costes de personal formador
  • Gastos de funcionamiento ocasionados por el desarrollo del programa
  • Costes derivados del establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado
  • Coste de personal derivado de la gestión y mantenimiento del programa
  • Costes de personal formador (hasta el 100%)
  • Gastos de funcionamiento ocasionados por el desarrollo del programa (hasta el 30%)
  • Costes derivados del desarrollo y seguimiento de la fase de formación en empresa (hasta el 5%)
  • Costes derivados del establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil del alumnado (hasta el 25%)
  • Coste de personal derivado de la gestión y mantenimiento del Programa (hasta el 20%)
  • Gastos de transporte y manutención (hasta el 15%, excepto en programas específicos de Formación Profesional Básica)

Criterios de valoración

  • Adecuación del perfil profesional solicitado a la necesidad educativa (hasta 20 puntos)
  • Demanda de alumnado (hasta 20 puntos)
  • Adecuación de los perfiles solicitados a la necesidad de completar la oferta educativa (hasta 20 puntos)
  • Calidad técnica y pedagógica del proyecto (hasta 30 puntos)
  • Recursos materiales que la entidad solicitante pone a disposición del programa (hasta 10 puntos)
  • Experiencia del profesorado (hasta 10 puntos)
  • Experiencia de la entidad en el desarrollo de PCPI o programas de Formación Profesional Básica (hasta 10 puntos)

Documentación a presentar

  • Solicitud cumplimentada según modelo normalizado
  • Proyecto de actuación detallado
  • Declaración responsable con datos personales y fiscales
  • Presupuesto del proyecto
  • Acreditación de experiencia en programas similares
  • Compromiso de ejecución del programa firmado por la persona titular o representante legal
  • Información docente y económica sobre el programa
  • Relación del alumnado matriculado
  • Contrato correctamente legalizado de los trabajadores cuya actividad se impute al proyecto
  • Fotocopia del contrato de alquiler de instalaciones para el desarrollo del programa

Condiciones económicas

La subvención no especifica una intensidad en porcentaje, pero se otorga de acuerdo a un sistema de puntuación que suma hasta 100 puntos. Se consideran factores como la adecuación del perfil profesional solicitado y la demanda de alumnado.; La subvención se abona en partes: el 34% al momento de la concesión y el resto en años posteriores, siempre que se justifiquen los gastos correspondientes.; La distribución de la subvención se ajusta a reglas específicas para cada tipo de gasto, con límites porcentuales. Los costes deben estar justificados mediante facturas o cálculos detallados.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones privadas sin ánimo de lucro que quieran desarrollar programas de formación profesional básica
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 400.000 €. La subvención no especifica una intensidad en porcentaje, pero se otorga de acuerdo a un sistema de puntuación que suma hasta 100 puntos. Se consideran factores como la adecuación del perfil profesional solicitado y la demanda de alumnado.; La subvención se abona en partes: el 34% al momento de la concesión y el resto en años posteriores, siempre que se justifiquen los gastos correspondientes.; La distribución de la subvención se ajusta a reglas específicas para cada tipo de gasto, con límites porcentuales. Los costes deben estar justificados mediante facturas o cálculos detallados.. Presupuesto total: 400.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: al día siguiente al de publicación en el BOC del extracto de la convocatoria. Fin: 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el B.O.C.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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