Cerrada3.000.000 €

Subvenciones para formación profesional dirigida a trabajadoras autónomas en Andalucía

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Denominación oficial (BDNS): Resolución de 26 de mayo de 2026, por la que se convocan Subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva,destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional en el Trabajo dirigida a personas trabajadoras aut
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones públicas para financiar programas de formación profesional que beneficien a trabajadoras autónomas. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro y está orientada al sector del empleo.

Qué financia

Financiación de la oferta formativa de Formación Profesional en el Trabajo dirigida a personas trabajadoras autónomas

A quién va dirigida

A entidades sin ánimo de lucro que ofrezcan programas de formación profesional para trabajadoras autónomas.

Requisitos

  • Ser entidad de formación privada con o sin ánimo de lucro inscrita en el Catálogo Resumen de las bases reguladoras.
  • Tener una plataforma de aprendizaje debidamente inscrita.
  • Cumplir requisitos establecidos en la convocatoria.
  • Presentar una única solicitud para toda Andalucía
  • Detallar la actividad formativa solicitada relacionando todas las acciones formativas por orden de prioridad que se pretendan impartir en cada uno de sus centros de formación inscritos
  • Cumplir los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria
  • No haber solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas similares relacionadas
  • Disponer de centros de formación inscritos y/o acreditados en las especialidades formativas
  • Cumplir con el Sistema de Formación Profesional para el empleo
  • Tener los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para realizar la acción formativa
  • No estar incursa en prohibiciones establecidas por normativa vigente

Gastos subvencionables

  • Costes directos e indirectos de la actividad formativa
  • Retribuciones del personal técnico relacionado con la teleformación
  • Atención a alumnado con discapacidad o pertenecientes a colectivos vulnerables
  • Adaptación de medios didácticos y evaluación
  • Gastos de publicidad, difusión y captación de alumnado
  • Gastos subvencionables no especificados en el texto proporcionado

Criterios de valoración

  • Horas formativas por número de alumnado por módulo económico de la especialidad.
  • Adecuación a los sectores y especialidades formativas prioritarias (hasta 50 puntos)
  • Personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la ejecución de la actividad formativa solicitada (hasta 20 puntos)
  • Equilibrio en el personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la ejecución de la actividad formativa solicitada (5 puntos)
  • Formación en género e igualdad de oportunidades del personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la ejecución de la actividad formativa solicitada (hasta 5 puntos)
  • Calidad de gestión, por implantación de un sistema o modelo de calidad vigente para la gestión/ actividad de la Formación Profesional para el Empleo (hasta 10 puntos)

Documentación a presentar

  • Anexo I y Anexo I bis cumplimentados
  • Documentos acreditativos de los datos que hayan consignado en los formularios de solicitud, tanto de los requisitos y declaraciones responsables como de los criterios de valoración

Condiciones económicas

La cuantía se determina por horas formativas, número de alumnado y módulo económico. El máximo de alumnado es 80 por especialidad. Los gastos subvencionables incluyen costes directos e indirectos, retribuciones del personal técnico, atención a discapacitados, publicidad y difusión.; La subvención no superará el 10% del crédito presupuestario consignado o un millón de euros. La justificación se realizará mediante módulos y debe presentarse dentro de dos meses a partir de la finalización de la actividad formativa.; Los módulos económicos para la determinación de la cuantía y justificación de las subvenciones se establecen en el Anexo III. La eficacia de la resolución comienza el día siguiente a su publicación.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
A entidades sin ánimo de lucro que ofrezcan programas de formación profesional para trabajadoras autónomas.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
La cuantía se determina por horas formativas, número de alumnado y módulo económico. El máximo de alumnado es 80 por especialidad. Los gastos subvencionables incluyen costes directos e indirectos, retribuciones del personal técnico, atención a discapacitados, publicidad y difusión.; La subvención no superará el 10% del crédito presupuestario consignado o un millón de euros. La justificación se realizará mediante módulos y debe presentarse dentro de dos meses a partir de la finalización de la actividad formativa.; Los módulos económicos para la determinación de la cuantía y justificación de las subvenciones se establecen en el Anexo III. La eficacia de la resolución comienza el día siguiente a su publicación.. Presupuesto total: 3.000.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 02/06/2026. Fin: 16/06/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Formación y educación

Ver todas →