Subvenciones para hermandades y cofradias de Posadas en 2026
LOCAL · POSADAS · AYUNTAMIENTO DE POSADAS
Denominación oficial (BDNS): Bases reguladoras de la convocatoria para la concesion de subvenciones destinadas a hermandades y cofradias de posadas 2026 mediante procedimiento de concurrencia competitiva (gex 10812/2026)
Resumen: Esta convocatoria ofrece subvenciones a hermandades y cofradias de la ciudad de Posadas, España. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades culturales.
Qué financia
Financiar actividades culturales realizadas por hermandades y cofradias
A quién va dirigida
Hermandades y cofradias de Posadas
Requisitos
Ser entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de entidades religiosas
Poseer domicilio en Posadas
Cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
No estar incursa en causas que impidan obtener subvenciones
No ser Rosarios, Viacrucis o similares a Semana Santa, Corpus Christi y procesión de la Patrona.
Disponer de una organización y logística similar a las mencionadas actividades.
Justificar el 100% del importe establecido en la Memoria de Actuación.
Presentar los documentos solicitados (ANEXO I, II, III, IV).
Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Gastos subvencionables
Velas
Bandas de música
Adornos florales
Restauración del patrimonio artístico de la entidad que procesione en la calle
Gastos subvencionables relacionados en las Bases.
Producirse dentro del plazo comprendido entre el día 1 de enero de 2026 y 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.
Criterios de valoración
Una cantidad fija de 500,00 € por hermandad o cofradía
Una cantidad variable proporcional al número de pasos procesionados
Documentación a presentar
Certificado bancario
Tarjeta de Identificación Fiscal
Copia de DNI del representante legal
Certificado del acta o acuerdo donde se nombra el Presidente y credencial de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas
Certificado del Secretario de la entidad solicitante con número de integrantes
Declaración sobre subvenciones o ayudas recibidas
Declaración responsable de cumplimiento de requisitos legales
Certificación positiva de cumplimiento tributario y social
Autorización para consulta de deudas locales
Memoria del proyecto con detalles específicos
Modelo de presentación de la documentación conforme al ANEXO V.
Memoria explicativa y detallada del proyecto (ANEXO VI).
Relación numerada de las facturas justificativas del gasto (ANEXO VII).
Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa (ANEXO VIII).
Declaración responsable de no presentar declaraciones de IVA (ANEXO IX).
Acreditación de otras fuentes de financiación si aplica (ANEXO X).
Carta de reintegro si el importe recibido supera el coste de la actividad subvencionada (ANEXO XI).
Condiciones económicas
El importe máximo por hermandad o cofradía es de 100% de la cantidad solicitada. La distribución se hace en función del número de pasos procesionados, con una parte fija de 500 € y el resto proporcionalmente.; El pago se divide en un adelanto del 75% y el resto al finalizar la actividad. La subvención no puede cubrir más del 100% del coste total de la actividad.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Hermandades y cofradias de Posadas
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 75% del coste subvencionable. El importe máximo por hermandad o cofradía es de 100% de la cantidad solicitada. La distribución se hace en función del número de pasos procesionados, con una parte fija de 500 € y el resto proporcionalmente.; El pago se divide en un adelanto del 75% y el resto al finalizar la actividad. La subvención no puede cubrir más del 100% del coste total de la actividad.. Presupuesto total: 5.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOP. Fin: 10 DIAS HABILES A CONTAR DESDE EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOP.
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.