Subvenciones para servicios sociales a personas mayores en pequeñas localidades toledanas
Qué financia
Financia la provisión de servicios sociales específicamente para personas mayores en pequeñas localidades toledanas.
A quién va dirigida
Entidades locales que prestan servicios a personas mayores o con discapacidad en municipios toledanos con menos de 5.000 habitantes.
Requisitos
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones y otras con la Diputación Provincial, Agencia Tributaria, Seguridad Social y Administraciones Públicas.
- No estar incursos en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003.
- Tener una población inferior a 5.000 habitantes según los datos oficiales del INE de 2024.
- La entidad no está incursa en circunstancias prohibidas por la Ley 38/2003
- Está al corriente con las obligaciones de reintegro de subvenciones y otras con la Diputación Provincial, Agencia Tributaria, Seguridad Social y Administraciones Públicas
- Tiene una población inferior a 5.000 habitantes según los datos oficiales del INE de 2024
- No ha solicitado u obtenido otras ayudas para la misma finalidad
- La entidad debe tener una población inferior a 5.000 habitantes.
- No estar incursa en prohibiciones para obtener subvenciones públicas.
- Estar al corriente con las obligaciones por reintegro de subvenciones y otras obligaciones con la Diputación Provincial, Agencia Tributaria, Seguridad Social y Administraciones Públicas.
- No haber obtenido ni tener solicitadas otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad.
Gastos subvencionables
- Gastos ocasionados por dar de comer a usuarios personas mayores con dificultades en su autonomía personal y/o condiciones de desventaja económica y social.
- Elaboración, envasado, conservación y suministro de un menú diario (comida de mediodía-almuerzo de lunes a domingo) incluyendo primer plato, segundo plato, postre y ración de pan todos los días del año 2027.
- IVA efectivamente abonado por el beneficiario.
- Elaboración, envasado, conservación y suministro de un menú diario (comida de mediodía-almuerzo) incluyendo primer plato, segundo plato, postre y ración de pan todos los días del año
- IVA efectivamente abonado por el beneficiario
- Gasto en el servicio de comida a domicilio
Criterios de valoración
- Valoración individualizada por orden de fecha de entrada hasta agotar el crédito o terminar el plazo de presentación de solicitudes
- No se fija un criterio objetivo de reparto, sino una cuantía máxima individualizada por menú suministrado al usuario
Documentación a presentar
- Copia del DNI o NIE de los usuarios incluidos en la solicitud
- Resolución o certificado de reconocimiento de grado de dependencia/discapacidad, percepción de ingreso mínimo vital, pensión contributiva/subsidio de desempleo
- Informe de Profesionales de Servicios Sociales de Atención Primaria
Condiciones económicas
El crédito se determina mediante tramitación anticipada del presupuesto general para el año 2027, con un importe máximo de 374.500 euros.; La subvención se otorga por menú diario, con un máximo de 5 euros por usuario (IVA incluido). El resto del coste lo aportará el tercero contratado o directamente al beneficiario.; Anticipo del 75% del importe de la subvención concedida; según disponibilidad presupuestaria
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.