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Convenio de atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca del bajo martín para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca del Bajo Martín para ofrecer servicios sociales a personas jurídicas sin actividad económica.

Qué financia

Financia la prestación de atención psicológica, social y educativa familiar

A quién va dirigida

Organizaciones sin fines económicos en Aragón que requieran estos servicios

Requisitos

  • Facilitar el inmueble para la ubicación del servicio
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad de las actuaciones con el logotipo del Instituto Aragonés de la Mujer y otros entidades financiadoras
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
  • Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar que se adecúa al Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón.
  • Trasladar la solicitud y los materiales en los que se va a utilizar la imagen referida al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura a través del correo electrónico vicepresidencia@aragon.es
  • Cumplir con las normativas sobre contratación pública y consultas previas.
  • Tener aprobado el Plan de Racionalización del gasto corriente.
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • Acreditar el cumplimiento de diversas legislaciones normativas.
  • Atención a mujeres víctimas de violencia de género
  • Atención a hijos e hijas de víctimas de violencia
  • Registro de datos personales necesarios para la prestación del servicio

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios por importe superior a 5.000 €, IVA excluido
  • Nóminas y gastos de seguridad social
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento con límites máximos establecidos.
  • Gastos fijos o periódicos comprometidos en firme.
  • Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del Convenio
  • Horas dedicadas al objeto e imputación de costes del Convenio en relación con el personal profesional
  • Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre de 2026)

Criterios de valoración

  • Justificación precisa para el pago de la aportación del Organismo Autónomo prevista en la cláusula cuarta, mediante la presentación de los correspondientes documentos justificativos.
  • Evaluación, seguimiento y control financiero por parte de los órganos competentes de la Administración de Aragón.
  • Cada mujer atendida se contabiliza solamente una vez y solamente en un tipo de violencia-la violencia principal por la que haya sido atendida-
  • La suma debe coincidir con el apartado correspondiente a mujeres mayores o menores de 18 años atendidas por cada tipo de violencia

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención.
  • Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento.
  • Certificación de gastos (hasta el 31 de diciembre de 2026)
  • Informe estimativo (hasta el 31 de diciembre) de justificación de gastos para la prestación del servicio
  • Facturas, firmadas y selladas para acreditar su pago o recibos por el importe de las dietas percibidas

Condiciones económicas

La subvención es directa y no tiene un importe máximo específico mencionado. La duración del convenio se ajustará a la disponibilidad presupuestaria.; El gasto debe estar justificado con documentos específicos hasta el 6 de noviembre del año de vigencia del convenio. Los gastos superiores a los límites máximos no se consideran subvencionables.; Los gastos deben cumplir con la normativa vigente para indemnizaciones por servicio al personal de la Administración. Se requieren justificaciones detalladas y facturas aportadas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin fines económicos en Aragón que requieran estos servicios
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. La subvención es directa y no tiene un importe máximo específico mencionado. La duración del convenio se ajustará a la disponibilidad presupuestaria.; El gasto debe estar justificado con documentos específicos hasta el 6 de noviembre del año de vigencia del convenio. Los gastos superiores a los límites máximos no se consideran subvencionables.; Los gastos deben cumplir con la normativa vigente para indemnizaciones por servicio al personal de la Administración. Se requieren justificaciones detalladas y facturas aportadas.. Presupuesto total: 54.263 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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