Cerrada2.000 €

Convenio de colaboración entre el ayuntamiento y el colegio de abogacía en Santiago de Compostela

LOCAL · SANTIAGO DE COMPOSTELA · AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el ayuntamiento de santiago de compostela y el ilustre colegio de la abogacía de santiago de compostela 2026
Resumen: Este convenio establece una alianza entre el ayuntamiento de Santiago de Compostela y el Ilustre Colegio de la Abogacía para promover servicios sociales. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos de servicios sociales en Santiago de Compostela

A quién va dirigida

Organizaciones benéficas y asociaciones sin fines de lucro

Requisitos

  • Ser residente en Santiago de Compostela
  • Acreditar insuficiencia de recursos económicos conforme a los criterios aplicables en materia de asistencia legal gratuita
  • Precisar asesoramiento o asistencia legal especializada en vía administrativa previa o laboral previa
  • Presentar documentación xustificativa antes del 30 de setiembre de 2026
  • Cumplir las obligas establecidas en la normativa aplicable y en los principios y obligas del presente convenio

Gastos subvencionables

  • Gastos que respondan indubitablemente a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten necesarios para su ejecución y sean realizados efectivamente pagados hasta el 30 de setiembre de 2026.
  • Gastos que respondan indubitablemente a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Gastos necesarios para su ejecución
  • Gastos realizados y efectivamente pagados hasta el 30 de setiembre de 2026
  • Recursos
  • Asistencia

Criterios de valoración

  • Cumplimiento de los objetivos del convenio
  • Interpretación de las cláusulas del convenio
  • Resolución de dudas que puedan surgir en su aplicación

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación acreditativa del cumplimiento de la finalidad del convenio
  • Memoria económica justificativa de los gastos realizados
  • Relación clasificada de los gastos efectuados
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Justificantes acreditativos del pago de los gastos subvencionados
  • Memoria económica xustificativa de los gastos realizados
  • Xustificantes acreditativos del pago de los gastos subvencionados

Condiciones económicas

El programa tiene un costo total estimado de 2.000 €, con gastos subvencionables hasta el 30 de setiembre de 2026.; El gasto debe ser realizado y pagado hasta el 30 de setiembre de 2026. Se permite una desviación en los conceptos del presupuesto estimado siempre que se cumpla con el objeto del convenio.; El presupuesto es estimado y puede haber desviaciones que se compensen entre sí siempre que no alteren las condiciones del convenio. No hay tope máximo de subvención.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones benéficas y asociaciones sin fines de lucro
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 2.000 €. El programa tiene un costo total estimado de 2.000 €, con gastos subvencionables hasta el 30 de setiembre de 2026.; El gasto debe ser realizado y pagado hasta el 30 de setiembre de 2026. Se permite una desviación en los conceptos del presupuesto estimado siempre que se cumpla con el objeto del convenio.; El presupuesto es estimado y puede haber desviaciones que se compensen entre sí siempre que no alteren las condiciones del convenio. No hay tope máximo de subvención.. Presupuesto total: 2.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 30/09/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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