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Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar

AUTONOMICA · ARAGÓN · INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM)
Denominación oficial (BDNS): Convenio de colaboración entre el instituto aragonés de la mujer y la comarca de la jacetania para la prestación del servicio de atención psicológica, social y educativa familiar
Resumen: Es un convenio entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Comarca de La Jacetania que ofrece servicios sociales y promocionales. Está dirigido a entidades sin ánimo de lucro.

Qué financia

Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares

A quién va dirigida

Entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica en Aragón

Requisitos

  • Facilitar el inmueble y equiparlo adecuadamente
  • Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar por profesionales calificados
  • Cumplimentar y remitir registros de información al Instituto Aragonés de la Mujer
  • Publicidad que mencione la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
  • Nombrar una persona responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
  • Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
  • Conservar documentación e información durante cuatro años
  • Cumplimentar un formulario en https://www.aragon.es/imagen-corporativa
  • Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa
  • Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
  • Cumplir con los requisitos legales de contratación pública establecidos en la Ley 11/2023
  • Aprobar modificaciones al Plan de Racionalización del gasto corriente
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón y presentar planes económicos-finanacieros si hay desequilibrios o deudas con proveedores
  • Acreditar el cumplimiento de diversas legislaciones normativas
  • Atención a mujeres víctimas de violencia
  • Datos específicos sobre la cantidad de mujeres atendidas (mayores y menores)
  • Tipo de violencia sufrida por las mujeres
  • Justificación económica detallada

Gastos subvencionables

  • Contratación de servicios superiores a 5.000 € (siguiendo normativa autonómica)
  • Nóminas y gastos de seguridad social, incluidos los derivados de bajas por incapacidad temporal, maternidad, paternidad o acogimiento
  • Recibos de gastos de desplazamiento (0,26 €/km), manutención (37,40 €/día) y alojamiento (65,70 €/día)

Criterios de valoración

  • Justificación precisa para el pago de la aportación del Organismo Autónomo prevista en la cláusula cuarta
  • Presentación de los correspondientes documentos justificativos de los gastos derivados de la prestación del servicio desde el 1 de enero a 31 de diciembre del año 2026
  • Cumplimiento de la finalidad del Convenio
  • No recibir otras subvenciones que superen el coste total de la actividad
  • Gestión no requerir más de un 50% de dedicación laboral en cada perfil técnico

Documentación a presentar

  • Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
  • Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención, incluyendo la relación de los contratos realizados para la prestación del servicio
  • Certificación de gastos realizados y pagados
  • Informe estimativo de justificación de gastos
  • Horas dedicadas al personal profesional
  • Recibos de dietas, desplazamiento y alojamiento
  • Contratos de arrendamiento de servicios

Condiciones económicas

El convenio no especifica un importe máximo. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir la normativa autonómica para contratación pública.; El importe total subvencionado es de 65.000 €, con cargo a aplicaciones presupuestarias específicas. Los gastos deben estar relacionados directamente con la prestación del servicio y no superar el 80% del coste de la actividad.; El servicio se prestará a mujeres víctimas de violencia y sus hijos, con un enfoque específico en diferentes tipos de violencia. Se requiere justificación económica detallada, incluyendo certificaciones de gastos y horas dedicadas al personal profesional.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica en Aragón
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Intensidad: 80% del coste subvencionable. El convenio no especifica un importe máximo. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir la normativa autonómica para contratación pública.; El importe total subvencionado es de 65.000 €, con cargo a aplicaciones presupuestarias específicas. Los gastos deben estar relacionados directamente con la prestación del servicio y no superar el 80% del coste de la actividad.; El servicio se prestará a mujeres víctimas de violencia y sus hijos, con un enfoque específico en diferentes tipos de violencia. Se requiere justificación económica detallada, incluyendo certificaciones de gastos y horas dedicadas al personal profesional.. Presupuesto total: 65.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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