Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Organizaciones no económicas en Aragón que requieran estos servicios
Requisitos
- Facilitar inmueble adecuadamente equipado
- Prestar servicios de atención psicológica y social educativa familiar por profesionales calificados
- Cumplir con el registro e información requerida
- Publicidad de las actuaciones con la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer
- Cumplimentar un formulario en la dirección https://www.aragon.es/imagen-corporativa
- Enviar una prueba por correo electrónico a comisióndecomunicacion@aragon.es para verificar el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
- Trasladar la solicitud y materiales al Gabinete del Departamento de Presidencia, Justicia y Cultura mediante vicepresidencia@aragon.es
- Conservar toda la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
- Acreditar el cumplimiento de la legislación medioambiental, transparencia, igualdad entre hombres y mujeres, etc.
- Presentar planes económico-financieros si hay desequilibrios o acumulación de deudas con proveedores
- Ser mujer víctima de violencia de género o cualquier tipo de violencia por género
- Atención a hijos e hijas de víctimas de violencia hasta los 23 años
Gastos subvencionables
- Inmueble para ubicación del servicio
- Personal especializado en psicología, trabajo social y educación social
- Material bibliográfico e informático
- Actividades relacionadas con los intereses y dificultades de las mujeres
- Nóminas y gastos de seguridad social
- Gastos de desplazamiento (0,26 €/km)
- Gastos de manutención (37,40 €/día)
- Gastos de alojamiento (65,70 €/día)
Criterios de valoración
- Nº de mujeres atendidas víctimas de violencia (mayores y menores)
- Tipo de violencia sufrida por la mujer
- Mujeres con discapacidad atendidas
Documentación a presentar
- Registro de información del servicio
- Memoria de seguimiento anual
- Solicitudes previas a la utilización del identificador corporativo del Gobierno de Aragón y el Instituto Aragonés de la Mujer
- Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención
- Recibos de gastos de desplazamiento, manutención y/o alojamiento
Condiciones económicas
Los gastos superiores a 5.000 € IVA excluido se consideran menores según la normativa autonómica, pero no se especifica un importe máximo de subvención.; El gasto subvencionable incluye nóminas, seguridad social, desplazamiento, manutención y alojamiento con límites máximos. Los gastos no justificados se consideran renunciados.; El servicio se prestará a los hijos/as de las víctimas de violencia hasta los 23 años. Se requiere justificación económica con certificados de gastos y horas dedicadas.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.