Convenio de colaboración para atención psicológica, social y educativa familiar en Aragón
Qué financia
Financia la prestación de servicios psicológicos, sociales y educativos familiares
A quién va dirigida
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en atención social y familiar
Requisitos
- Facilitar inmueble y material necesario para el servicio
- Prestar servicios de atención psicológica, social y educativa familiar
- Cumplimentar y remitir registros e informes al Instituto Aragonés de la Mujer
- Publicidad adecuada con colaboración institucional
- Nombrar responsable de la organización y coordinación de las actuaciones
- Facilitar asistencia a reuniones periódicas de profesionales
- Conservar documentación e información durante 4 años
- Cumplimentar el informe de la Comisión de Comunicación Institucional
- Enviar una prueba por correo electrónico para verificar que se adecúa al Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón
- Trasladar la solicitud y los materiales a través del correo electrónico vicepresidencia@aragon.es
- Conservar toda la documentación e información relativa a las actuaciones subvencionadas durante cuatro años
- Atender a mujeres víctimas de violencia de género
- Contabilizar el número de mujeres mayores y menores de edad atendidas
- Separar entre españolas y extranjeras atendidas
- Registrar los tipos de violencia sufrida por las mujeres
Gastos subvencionables
- Inmueble para ubicación del servicio
- Material bibliográfico, informático y local adecuado
- Contratación de servicios por profesional con Licenciatura o Grado en Psicología (al menos 3,9 horas/semana)
- Contratación de servicios por profesional con Diplomatura o Grado en Trabajo Social (al menos 8,16 horas/semana)
- Nóminas y gastos de seguridad social, incluidos los derivados de bajas por incapacidad temporal, maternidad, paternidad o acogimiento
- Recibos de gastos de desplazamiento (0,26 €/km), manutención (37,40 €/día) y alojamiento (65,70 €/día)
- Gastos imputados realizados y pagados para la ejecución del Convenio
- Costes asociados con el personal profesional
- Otros gastos relacionados con la prestación del servicio
Criterios de valoración
- Justificación precisa para el pago de la aportación del Organismo Autónomo prevista en la cláusula cuarta
- Presentación de los correspondientes documentos justificativos de los gastos derivados de la prestación del servicio desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año 2026
Documentación a presentar
- Registro de información del servicio
- Memoria de seguimiento anual
- Informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional
- Certificación expedida como Anexo II por el Secretario/a-Interventor/a de la entidad
- Índice numerado de los documentos justificativos imputables a la subvención, incluyendo la relación de los contratos realizados para la prestación del servicio
- Certificación de gastos
- Informe estimativo de justificación de gastos
- Documentos referidos al período elegible de la subvención
- Acuerdo de encargo de tratamiento de datos
Condiciones económicas
La subvención es directa y no tiene un importe máximo establecido, pero está condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Los gastos superiores a 5.000 € deben seguir el régimen de contratos menores en la legislación básica estatal.; El gasto máximo subvencionable está limitado al 80% del importe total de la actividad financiada. Los contratos por encima de 5.000 € deben seguir un proceso de consulta previa o licitación pública.; El texto no especifica una intensidad o importe máximo. Se mencionan requisitos detallados para solicitar la subvención, incluyendo el número de mujeres atendidas y los tipos de violencia sufrida.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Fuente oficial
Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.