● Abierta · hasta 31/12/202682.000 €

Convocatoria de Fomento al Movimiento Vecinal en Granada

LOCAL · GRANADA · AYUNTAMIENTO DE GRANADA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria fomento movimiento vecinal 2026
Resumen: Es una convocatoria competitiva del Ayuntamiento de Granada para fomentar el movimiento vecinal, beneficiando a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica.

Qué financia

Financia proyectos relacionados con servicios sociales y promoción social en el ámbito educativo

A quién va dirigida

Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas al sector educativo en Granada

Requisitos

  • Ser asociación de vecinos constituida conforme al régimen general dispuesto por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Granada.
  • Tener como fines la defensa de los intereses generales de los vecinos.
  • Cumplir con la Ordenanza que establece las Normas Especiales Reguladoras de la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento y sostenibilidad del movimiento vecinal.

Gastos subvencionables

  • Gastos directamente relacionados con las actuaciones, actividades y/o campañas desarrolladas por las Asociaciones de Vecinos que respondan a la naturaleza de la actividad/actuación/campaña subvencionada.
  • Gastos de viaje siempre que respondan a la naturaleza de la actividad.
  • Gastos de bebidas no alcohólicas y servicios de hostelería/restauración prestados para el desarrollo de una actividad festiva-vecinal dirigida al conjunto de la ciudadanía.
  • Gastos de comida cuando se enmarquen en actividades como chocolatadas a la vecindad, paellas populares o similares.

Criterios de valoración

  • Según disponibilidad presupuestaria

Condiciones económicas

El importe máximo por entidad beneficiaria no podrá superar los tres mil euros (3.000 €). El presupuesto total es de OCHENTA Y DOS MIL EUROS (82.000 €), distribuido anualmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de concesión de la subvención.; El importe se distribuye anualmente: 65.600 euros en 2026 y 16.400 euros en 2027. El pago está limitado por las disponibilidades de Tesorería.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Organizaciones sin ánimo de lucro dedicadas al sector educativo en Granada
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 3.000 €. El importe máximo por entidad beneficiaria no podrá superar los tres mil euros (3.000 €). El presupuesto total es de OCHENTA Y DOS MIL EUROS (82.000 €), distribuido anualmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de concesión de la subvención.; El importe se distribuye anualmente: 65.600 euros en 2026 y 16.400 euros en 2027. El pago está limitado por las disponibilidades de Tesorería.. Presupuesto total: 82.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: 01/01/2026. Fin: 31/12/2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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