Consultar plazo100.000 €

Subvención a la Fundación Banco de Alimentos de Huesca

AUTONOMICA · ARAGÓN · SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Denominación oficial (BDNS): Orden del vicepresidente y consejero de desregulación, bienestar social y familia, por la que se concede una subvención directa a la fundación banco de alimentos de huesca
Resumen: Es una subvención directa para apoyar la Fundación Banco de Alimentos de Huesca, que brinda servicios sociales y promoción social.

Qué financia

Financia actividades relacionadas con servicios sociales y promoción social.

A quién va dirigida

La fundación Banco de Alimentos de Huesca

Requisitos

  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria exigidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Gastos subvencionables

  • Gastos derivados de la obtención, transporte, almacenaje y distribución de productos alimenticios.
  • Retribuciones del personal de administración contratado por el Banco de Alimentos de Huesca.
  • Gastos de los locales de la fundación, incluidos alquileres, gastos de limpieza, suministros, seguros, comunicaciones, tributos municipales...
  • Seguros sufragados por la entidad beneficiaria.
  • Servicios profesionales prestados a la entidad beneficiaria en el ejercicio de su actividad.
  • Gastos de difusión y publicidad de la actividad del Banco de Alimentos de Huesca.
  • Dietas y gastos de desplazamiento de los voluntarios y personas al servicio del Banco de Alimentos, que no superarán las cuantías establecidas en el Real Decreto 462/2002.
  • Arrendamiento de equipos y maquinaria realizados por la entidad beneficiaria, así como la reparación y mantenimiento de los de su propiedad.
  • Gastos de formación de desplazamiento de los voluntarios y personas al servicio del Banco de Alimentos.

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, facturas o documentos de valor probatorio equivalente y documentación acreditativa del pago.
  • Cópias de las nóminas de las personas trabajadoras y su abono bancario, modelo 111 'retenciones e ingresos a cuenta del IRPF', boletines de cotización a la Seguridad Social: Relación nominal de trabajadores 'RNT' (antiguo TC2) y el recibo de liquidación de cotización 'RLC' (antiguo TC1).
  • Declaración responsable de la obtención de otros ingresos propios o ajenos procedentes de entidades públicas o privadas destinados a la financiación de las actividades objeto de la subvención.
  • Declaración responsable del cumplimiento de lo previsto en el artículo 44.3 del TRSLA.

Condiciones económicas

El saldo no ejecutado a la finalización del periodo deberá reintegrarse al Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
La fundación Banco de Alimentos de Huesca
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 100.000 €. El saldo no ejecutado a la finalización del periodo deberá reintegrarse al Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia.. Presupuesto total: 100.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Subvención directa. Fin: Subvención directa.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Servicios sociales y dependencia

Ver todas →