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Subvención a la Fundación Banco de Alimentos de Zaragoza

AUTONOMICA · ARAGÓN · SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Denominación oficial (BDNS): Orden del vicepresidente y consejero de desregulación, bienestar social y familia, por la que se concede una subvención directa a la fundación banco de alimentos de zaragoza
Resumen: Es una subvención directa para apoyar servicios sociales y promoción social. Interesa a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el sector sanitario o de servicios sociales.

Qué financia

Financia la operación de la Fundación Banco de Alimentos de Zaragoza

A quién va dirigida

Fundaciones y organizaciones benéficas dedicadas a servicios sociales y salud

Requisitos

  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiaria exigidos en la Ley General de Subvenciones.

Gastos subvencionables

  • Retribuciones del personal de administración
  • Gastos de locales (alquileres, limpieza, suministros, seguros, comunicaciones, tributos municipales)
  • Seguros sufragados por la entidad beneficiaria
  • Servicios profesionales prestados a la entidad
  • Gastos de difusión y publicidad
  • Dietas y gastos de desplazamiento de voluntarios
  • Arrendamiento de equipos y maquinaria, reparación y mantenimiento
  • Gastos de formación

Documentación a presentar

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
  • Memoria económica justificativa del coste de actividades realizadas (relación clasificada de gastos, facturas o documentos valor probatorio)
  • Nóminas y abono bancario de personal contratado
  • Declaración responsable de otros ingresos propios o ajenos procedentes de entidades públicas o privadas
  • Declaración responsable del cumplimiento de la legislación medioambiental, transparencia, etc.

Condiciones económicas

El importe máximo es de 200.000 €, con un pago anticipado del 90% al momento de la firma y el restante una vez cumplidos los objetivos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Fundaciones y organizaciones benéficas dedicadas a servicios sociales y salud
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 200.000 €. El importe máximo es de 200.000 €, con un pago anticipado del 90% al momento de la firma y el restante una vez cumplidos los objetivos.. Presupuesto total: 200.000 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Subvención directa. Fin: Subvención directa.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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