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Subvención directa para la Asociación de Mayores de Vega de San Mateo

LOCAL · VEGA DE SAN MATEO · AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO
Denominación oficial (BDNS): Resolución 2026/0649, de 30 de julio de 2026, de concesión de subvención directa a Asociación de Mayores de Vega de San Mateo
Resumen: Es una subvención directa otorgada por el Ayuntamiento de Vega de San Mateo a la Asociación de Mayores. Se dirige a entidades sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica y se enfoca en servicios sociales y promoción social.

Qué financia

Financia actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento para el bienestar social de los mayores.

A quién va dirigida

Asociaciones sin ánimo de lucro que trabajan con personas mayores en Gran Canaria.

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Justificar ante el órgano concedente o la Entidad colaboradora el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • No obtener otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad
  • No presentar la misma documentación a otra subvención

Gastos subvencionables

  • Gastos estrictamente necesarios para la obtención de fines públicos o sociales.
  • No serán válidos gastos relacionados exclusivamente con un beneficio para la asociación, como almuerzos, excursiones, etc.
  • Los gastos en comidas deben estar justificados por medio de aporte del Ayuntamiento.

Documentación a presentar

  • Modelo de justificación aprobado por la Ordenanza Municipal de Subvenciones.
  • Declaración responsable de obtención de otras ayudas o subvenciones recibidas para la misma finalidad y de NO presentación de la misma documentación a otra subvención o ayuda concedida.
  • Memoria económica en la que se refleje, específicamente, el destino de las cantidades aportadas por el Ayuntamiento.
  • Original o fotocopias compulsadas de todos los gastos realizados.
  • Memoria económica detallada del destino de las cantidades aportadas por el Ayuntamiento
  • Soporte documental adecuado para los gastos realizados (facturas, facturas simplificadas u otros documentos análogos)

Condiciones económicas

El pago se realizará anticipadamente una vez acreditado el cumplimiento del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.; Los gastos deben contar con facturas o documentos análogos que incluyan identificación del prestador, perceptor, objeto del servicio, fecha de realización y cuantía total. Se permite una cuenta justificativa simplificada en algunos casos.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Asociaciones sin ánimo de lucro que trabajan con personas mayores en Gran Canaria.
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 1.500 €. El pago se realizará anticipadamente una vez acreditado el cumplimiento del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.; Los gastos deben contar con facturas o documentos análogos que incluyan identificación del prestador, perceptor, objeto del servicio, fecha de realización y cuantía total. Se permite una cuenta justificativa simplificada en algunos casos.. Presupuesto total: 1.500 €
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Sin plazo de solicitud. Fin: Sin plazo de solicitud.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

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