● Abierta

Subvención para fomentar la natalidad en Arroyomolinos de La Vera

LOCAL · ARROYOMOLINOS DE LA VERA · AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS DE LA VERA
Denominación oficial (BDNS): Convocatoria para la concesión de la subvención "fomento de la natalidad" año 2025
Resumen: Es una subvención que promueve el aumento de la población a través del apoyo a personas físicas. Está dirigida a residentes de Arroyomolinos de La Vera.

Qué financia

Fomentar la natalidad mediante ayudas económicas

A quién va dirigida

Personas que no desarrollan actividad económica y desean tener hijos en Arroyomolinos de La Vera

Requisitos

  • Residir efectivamente en Arroyomolinos de la Vera y estar empadronado en el municipio los dos progenitores, adoptantes o tutores al menos antes del 30 de enero del 2025.
  • El hijo/a para el que se solicita la ayuda esté empadronado en Arroyomolinos de la Vera y en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.
  • Mantenerse los requisitos de empadronamiento durante dos años siguientes a la resolución por la cual se conceda la subvención.
  • Ser nacimientos o adopciones que hayan ocurrido desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, con un límite de dos anualidades para menores de 3 años.

Gastos subvencionables

  • Manutención, atención, cuidados diversos, mantenimiento, protección y subsistencia del menor nacido o adoptado.
  • Elementos de transporte y desplazamiento de los menores (carritos, sillas de paseo, asientos para coche).
  • Elementos decorativos y mobiliario de menores (trona, cuna, colchón, bañera, hamaca, cambiadores, cómodas, bañera con cambiador plegable, cubete).

Documentación a presentar

  • Fotocopia compulsada del DNI del/los beneficiario/s.
  • Certificado de empadronamiento del/los beneficiario/s.
  • Certificado de empadronamiento colectivo del recién nacido o adoptado.
  • Certificado literal de la inscripción en el Registro Civil o fotocopia compulsada del libro de familia.
  • Copia de la Resolución Judicial (en caso de adopción).
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Fotocopia del Libro de Familia o documentación equivalente.
  • Declaración responsable suscrita por los progenitores o adoptantes comprometiéndose a mantener su residencia durante dos años siguientes al nacimiento o adopción.
  • Copia compulsada de la sentencia de separación o divorcio (si corresponde).
  • Cuenta Justificativa del reconocimiento de la obligación.

Condiciones económicas

Los créditos presupuestarios se prorratean entre dos líneas: 1.000,00 euros por beneficiario hasta el límite de 2.000,00 euros para nacidos en 2025 y 500,00 euros por beneficiario hasta el límite de 2.500,00 euros para menores de 3 años.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Personas que no desarrollan actividad económica y desean tener hijos en Arroyomolinos de La Vera
¿Cuánto dinero ofrece la subvención?
Importe máximo por beneficiario: 4.500 €. Los créditos presupuestarios se prorratean entre dos líneas: 1.000,00 euros por beneficiario hasta el límite de 2.000,00 euros para nacidos en 2025 y 500,00 euros por beneficiario hasta el límite de 2.500,00 euros para menores de 3 años.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Inicio: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. Fin: HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2026.

Fuente oficial

Esta ficha resume y reorganiza datos públicos de forma automática. Confirma siempre la información en el documento oficial antes de presentar una solicitud.

Otras subvenciones de Servicios sociales y dependencia

Ver todas →